SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0560/2003- R
Fecha: 29-Abr-2003
III.5
III.5 Que en cuanto a la identidad de sujeto, objeto y causa que daría lugar a la improcedencia según también alegó la recurrida, a cuyo efecto acompañó como prueba la SC 707/2001-R de 13 de julio, si bien el recurrente también tenía esa calidad en el anterior recurso, en el presente amparo el recurrido no es el mismo ni se trata del mismo proceso, y en el amparo que se resuelve, al margen de algunos puntos de fundamentación que ciertamente son iguales a los que se expusieron en el anterior recurso que fue resuelto por la citada sentencia, existen otros que se basan en resoluciones y actos distintos, tan es así que se ha identificado la omisión indebida en el pronunciamiento del incidente de nulidad, por lo que no cabe la aplicación del art. 96-2) LTC.