SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0563/2003-R
Fecha: 29-Abr-2003
I.1.1. Hechos que motivan el recurso.
Dentro de la etapa preparatoria del proceso penal seguido en su contra a querella de Mario Suaznabar, por la supuesta comisión de los delitos de falsedad material, ideológica, uso de instrumento falsificado y estafa plantearon las excepciones de prejudicialidad, litispendencia y cosa juzgada, que fueron resueltas por el Juez Sexto de Instrucción en lo Penal, quien admitió la primera y dispuso la suspensión del proceso penal hasta la conclusión del juicio civil. Resolución que en apelación -dicen- fue ilegalmente revocado por los vocales de la Sala Penal Segunda
Añaden que cuando el cuadernillo de apelación fue remitido a la Sala Penal Segunda fue sorteado directamente omitiendo la radicatoria prevista por el art. 231 del Código de Procedimiento Civil (CPC) modificado por el art. 21 Ley de Abreviación Procesal Civil y de Asistencia Familiar (LAPCAF) asimismo -afirman- que el Auto de Vista es inmotivado, contradictorio y violatorio de sus derechos y garantías constitucionales pues el art. 309 del Código de Procedimiento Penal de 1999 (CPP) no hace referencia a la existencia de hechos anteriores a la acción penal, como equivocadamente lo entiende la resolución recurrida. Sostienen asimismo, que a nadie se le puede seguir dos procesos simultáneos sobre un mismo asunto, así se traten de asuntos civiles y penales, más aún cuando existe identidad de sujetos procesales, causa, motivo puesto que en ese caso ambos procesos perderían su naturaleza propia y en ese sentido está la previsión del art. 37 CPP que tampoco fue considerada. Al haber procedido de esta manera, los vocales de la Sala Penal Segunda han vulnerado sus derechos constitucionales, al debido proceso, a la defensa, seguridad jurídica y al principio de legalidad, por lo que interponen el presente recurso para que los mismos les sean restablecidos.