SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0563/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0563/2003-R

Fecha: 29-Abr-2003

II.2

II.2                                                 Por requerimiento de 31 de julio de 2002, el Fiscal imputó formalmente a los recurrentes la comisión de los delitos denunciados y solicitó la aplicación de medidas cautelares (fs. 162-163), que fueron  impuestas por el Juez Sexto de Instrucción en lo Penal mediante Auto de 5 de septiembre de 2002 de acuerdo al art. 240.2) y 6) CPP (fs. 170-171). El 16 de septiembre de 2002,  Mario Suaznabar García instauró demanda civil de nulidad de contrato, restitución de dinero y vehículo (fs. 179-182), la que posteriormente fue aclarada y ampliada siendo admitida por el Juez Tercero de Partido en lo Civil y Comercial mediante Auto de 3 de octubre de 2002 (fs. 184-185 vta.).