SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0563/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0563/2003-R

Fecha: 29-Abr-2003

III.2

III.2          Asimismo, los recurrentes cuestionan el Auto de Vista de 30 de diciembre de 2002, señalando que es contradictorio y que carece de motivación, extremo que no es evidente, por cuanto los vocales demandados en uso de las facultades que les confiere la ley y la valoración de los antecedentes procesales admitieron y declararon procedente el recurso de apelación interpuesto, sin que ello sea resultado de actos ilegales en que hubieran incurrido, quienes por el contrario ejercitaron  sus facultades jurisdiccionales y cumplieron con lo dispuesto por el art. 406 CPP, fundamentando debidamente el fallo que determina la prosecución de la acción penal, sin vulnerar los derechos constitucionales de los recurrentes, quienes pretenden a través de este recurso se anule el Auto de Vista y se revise la valoración realizada por los ahora demandados, sin considerar que dicha compulsa es privativa de las autoridades judiciales  y que la finalidad de este recurso se limita únicamente a la protección de los derechos fundamentales  y garantías constitucionales, pues en este caso las autoridades recurridas ejercitaron legalmente sus facultades jurisdiccionales señaladas por ley, haciendo la compulsa de los elementos probatorios para pronunciarse  dentro de la apelación planteada y determinar que no era procedente la suspensión del proceso  penal sin que ello sea un acto ilegal u omisión indebida