Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0568/2003-R
Fecha: 29-Abr-2003
improcedente
Concluida la audiencia el Tribunal de amparo constitucional pronuncia Resolución que declara improcedente el recurso con los siguientes fundamentos: 1) no hay inmediatez en el presente amparo, pues la resolución que se impugna fue dictada en octubre de 2002, transcurriendo hasta el momento más de cuatro meses; 2) las autoridades recurridas al dictar sus resoluciones, no han infringido los derechos constitucionales que arguye el recurrente porque la petición ha sido realizada y resuelta si bien en forma no favorable.