Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0576/2003-R
Fecha: 29-Abr-2003
II.2
II.2 De la fotocopia del acta de apertura del “Libro de Demandas Nuevas” del Juzgado Primero de Partido en lo Penal (fs. 45), se constata que el proceso penal seguido contra el representado del recurrente, se encuentra registrado en el turno 10/91, 8 de 4 de octubre de 1991 (fs. 46), al haber sido remitido al plenario de la causa.