Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0576/2003-R
Fecha: 29-Abr-2003
III.4
III.4 Por otra parte, cabe señalar que la prolongada detención del recurrente no puede mantenérsela con el justificativo de la pérdida o extravío del expediente de la causa, ya que esta situación no le es atribuible, sino que corresponde su reposición a las autoridades y funcionarios del Juzgado para efectos de regularizar procedimiento y sean dictadas las resoluciones pertinentes.