Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0050/2003
Fecha: 29-May-2003
II.6
II.6 El recurrente Luis Fernando Roberto Landívar Roca, solicita mediante memorial de 13 de diciembre de 2002 la remisión de obrados al tribunal llamado por ley ante la pérdida -afirma él- de competencia de la Sala Penal Primera de la Corte Superior de La Paz que al no haber cumplido los plazos establecidos por el art. 406 CPP para pronunciarse sobre la apelación incidental interpuesta por su persona, ha perdido competencia siendo nulas de pleno derecho las resoluciones emitidas por la referida Sala (fs. 149-151).