SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0584/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0584/2003-R

Fecha: 05-May-2003

II.2

II.2     Mediante Resolución 01/2002 de 3 de enero de 2002, suscrita únicamente por el Viceministro de Salud y Presidente del CNIDAI, se resolvió que como un acto de justicia se disponga la habilitación de la recurrente para la gestión 2002; Resolución que no fue cumplida por CRIDAI La Paz; el que le hizo llegar al Viceministro la Resolución 001/2002 dictada por esa Regional en la que validan el proceso de calificación en el que la recurrente no accedió a ninguna beca (fs. 29-33).