Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0584/2003-R
Fecha: 05-May-2003
II.7
II.7 El CRIDAI La Paz, mediante Resolución 002/2003 de febrero de 2003, resolvió desconocer el examen extraordinario al que fue sometida la actora por funcionarios del Viceministerio de Salud, por estar en contra del Reglamento específico del Sistema Boliviano de Residencia Médica y rechazar la instrucción del Viceministro de Salud expresada el 29 de abril de 2002, para asignar una plaza en la Residencia Médica a la recurrente (fs. 57-58).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de la parte recurrida
- II.1
- II.2
- II.3
- II.4
- II.6
- II.7
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- era y es el llamado a resolver con plena competencia
- el agotamiento de todas las instancias dentro del proceso o vía legal, sea administrativa o judicial, donde se acusa la vulneración
- APROBAR