SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0595/2003-R
Fecha: 06-May-2003
III.5
III.5 Bajo estos antecedentes y fundamentos del caso planteado, está demostrado que los demandados incurrieron en actos ilegales y omisiones indebidas al nombrar una nueva Directiva para la gestión 2003, no obstante que la misma ya había sido elegida el 9 de enero de 2002 mediante Resolución 002/2002 (fs. 30-34) estando en vigencia el art. 14 LM o sea antes de que este artículo fuera modificado por Ley 2316 de 31 de enero de 2002, resultando de ello que la Resolución 002/2003 de 8 de enero de 2003 (20-27) atenta contra derechos fundamentales según se ha indicado precedentemente, enunciados en los arts. 40.2 y 7.a) CPE, por lo que corresponde a este Tribunal otorgar la tutela reclamada por la recurrente. Criterio que este Tribunal ha adoptado de manera uniforme y constante a través de las SSCC, entre otras 1053/2000-R de 10 de noviembre; 1097/2000-R de 21 de noviembre; 34/2002 de 2 de abril.