SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0616/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0616/2003-R

Fecha: 07-May-2003

a)

A su vez se dio lectura al informe de fs. 41-43, presentado por el Director Departamental del DIPROVE y su abogado en audiencia señala: a) la Fiscal Blanca Elena Ardaya, el 8 de febrero de 2003, ordenó el secuestro del vehículo, abriendo un plazo de diez días para que el recurrente presente sus documentos de propiedad y al concluir el término, se solicitó la anotación preventiva en las oficinas de Tránsito, la que no fue registrada, porque no cuenta con el carnet de propiedad, b) sobre el vehículo existe una denuncia de robo, hecho que se hizo conocer a la Fiscalía a tenor del art. 293 del CPP, c) el plazo del secuestro es de seis meses según el art. 186 del CPP, el que aun no se ha vencido y d)  la Ley 2157 en su art. 1 establece el acuerdo sobre restitución de vehículos automotores terrestres que trasponen ilegalmente las fronteras, por lo cual se procedió al secuestro del vehículo.