SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0628/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0628/2003-R

Fecha: 08-May-2003

I.2.1  Ratificación y ampliación del Recurso.

El abogado del recurrente ratifica los términos del recurso planteado y los amplía manifestando que las resoluciones pronunciadas por la Jueza de Instrucción como por los vocales recurridos violan el derecho a la defensa y al debido proceso,  pues en base a una sola prueba cual fue la certificación expedida por Derechos Reales que corresponde a otro inmueble y no al de la litis se ha dispuesto su procesamiento.