Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0643/2003-R
Fecha: 13-May-2003
II.1
II.1 Dentro de las diligencias de policía judicial iniciadas por el Ministerio Público contra Marco Marino Diodato y otros, por delitos contemplados en la Ley 1008, a requerimiento del Fiscal de Materia de Sustancias Controladas, efectivos de la FELCN Santa Cruz, el 25 de febrero de 2000, procedieron a la incautación del inmueble ubicado en el cuarto anillo, entre Av. Banzer y Radial 27 de Santa Cruz (signado con el número 40), supuestamente de propiedad de Marco Marino Diodato, y a su posterior entrega a la Dirección Departamental de Bienes Incautados (fs. 5 a 7)
- recurso de amparo constitucional
- I.1. 1 Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- Edgar Molina Aponte y Adhemar Fernández Ripalda, Vocales de la Sala Penal Segunda, y Alberto Moreira Claros, Juez de Ejecución Penal N° 3 de la Capital
- procedente
- II.1
- II.3
- II.4
- II.6
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- con carácter subsidiario
- el recurrente podía haber interpuesto apelación conforme a las normas del Código de Procedimiento Civil, que prevé apelación para las resoluciones dictadas en ejecución de sentencia