Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0643/2003-R
Fecha: 13-May-2003
II.4
II.4 El Auto de Vista de 2 de septiembre de 2000, revocó en parte el fallo anterior, declarando culpables del delito de fabricación de sustancias controladas a Marco Marino Diodato y otros, y confirmando en parte la absolución respecto a Rocco Colanzi Di Biase y Fausto Barbonary Ferentelli, ordenando la confiscación de los bienes incautados de propiedad de los procesados condenados, y confirmando la orden de dejar sin efecto las medidas precautorias jurisdiccionales sobre los bienes de los absueltos, y sea en ejecución de sentencia (fs. 42-47).
- recurso de amparo constitucional
- I.1. 1 Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- Edgar Molina Aponte y Adhemar Fernández Ripalda, Vocales de la Sala Penal Segunda, y Alberto Moreira Claros, Juez de Ejecución Penal N° 3 de la Capital
- procedente
- II.1
- II.3
- II.4
- II.6
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- con carácter subsidiario
- el recurrente podía haber interpuesto apelación conforme a las normas del Código de Procedimiento Civil, que prevé apelación para las resoluciones dictadas en ejecución de sentencia