Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0656/2003-R
Fecha: 14-May-2003
improcedente
Concluida la audiencia el Tribunal de amparo constitucional pronuncia Resolución que declara improcedente el recurso con los siguientes fundamentos: 1) las autoridades recurridas al tramitar el proceso disciplinario contra la recurrente, cumplieron con lo estipulado por los arts. 23 y 76 del Reglamento de Procesos Disciplinarios del Poder Judicial, sometiendo a la recurrente a un debido proceso, conforme al art. 16 CPE; b) la valoración de la prueba corresponde a los tribunales ordinarios y no así a los de Garantías Constitucionales, por lo que no puede ser calificada como una acción violatoria del debido proceso.