Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0686/2003-R
Fecha: 20-May-2003
II.4
II.4 El Fiscal en 12 de marzo de 2003, solicita la reposición de dicha conminatoria, la que merece el Auto de 13 de marzo del mismo año que señala tenerse por presente la imputación formal disponiendo asimismo sea notificada a los imputados, ratificando la conminatoria cuya reposición solicitó, al no haber dado cumplimiento a las SC 1036/2002-R y su complementario AC 52/2002-ECA que señala que el Fiscal debió imputar bajo su responsabilidad una vez recibidas las actuaciones policiales, es decir a los cinco días de la denuncia (fs. 47).