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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0686/2003-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0686/2003-R

    Fecha: 20-May-2003

    representante del Ministerio Público,

    El representante del Ministerio Público, emite dictamen porque se declare procedente el recurso con el argumento de que  la  Jueza de Instrucción Cautelar, pasó la conminatoria al Fiscal recurrente cuando dicha autoridad había efectuado la imputación formal, la que conforme a la citada SC 1036/2002, es la que da inicio a la etapa preparatoria.

    • recurso de amparo constitucional
    • I.1.1.   Hechos que motivan el recurso
    • 1)
    • representante del Ministerio Público,
    • improcedente
    • II.1
    • II.2
    • II.3
    • II.4
    • III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
    • III.1
    • III.2
    • III.3
    • III.4
    • III.5
    • III.6

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