Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0686/2003-R
Fecha: 20-May-2003
III.1
III.1 Las Sentencias Constitucionales 1036/2002-R de 29 de agosto y 0173/2003-R de 14 de febrero, establecen que: “El proceso penal se inicia con la imputación formal, a partir de la cual corre el término de los seis meses de la Etapa Preparatoria, establecida por el art. 134 CPP, cuyo cómputo empieza a correr desde que el Juez Cautelar pone en conocimiento del encausado la imputación formal, siendo éste el actuado jurisdiccional que marca el inicio del proceso penal a partir de ahí se tiene un término máximo de seis meses para presentar la acusación”.