SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0692/2003- R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0692/2003- R

Fecha: 22-May-2003

III.2

III.2   Que,  en el caso de autos, la autoridad recurrida no ha lesionado los derechos invocados, toda vez que no fue él quien afectó directamente la propiedad de la Cooperativa representada, pues como refiere el propio recurrente la afectación se produjo por un alud como consecuencia de la construcción de la carretera, tan es así, que no se ha demostrado que fuera expropiada -se reitera- porque no fue una afectación directa sino indirecta; aunque es correcto que sea reparado por los daños que se le han inferido con la construcción de la carretera a su propiedad privada.