SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0700/2003- R
Fecha: 22-May-2003
II.3
II.3 Que el 17 de enero de 2003, el recurrente convocó a la primera sesión ordinaria a realizarse el 21 del mismo mes y año, estableciendo el orden del día específico, entre los que no se encontraba la elección de una nueva directiva (fs. 10), empero los recurridos insertaron como orden del día la elección del directorio del Concejo y trataron el punto (fs. 11), dictando finalmente la Resolución Municipal 001/2003 de 21 de enero, designándose a la nueva mesa directiva del Concejo para la gestión 2003, quedando conformada por Dilo Nistauz Cruz como Presidente, Mercedes Quispe Machicado, Vicepresidente y Cecilia Cuentas Peñaloza como Secretaria, considerándose al margen de los fundamentos expuestos por los recurridos que conforme al art. 12 del Reglamento Interno de Debates del Concejo Municipal de Puerto Mayor Carabuco, “se incluyó en el Orden del Día, de la 1ra. Sesión Ordinaria del Honorable Concejo Municipal, la elección de la nueva composición de la nueva Directiva” (fs. 12).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso.
- Dilo Nistauz Cruz, Cecilia Cuentas Peñaloza y Mercedes Quispe Machicado
- a)
- procedente
- (fs. 119)
- II.1
- II.2
- II.3
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1
- III.2
- III.3
- III.4
- suscribiendo las Resoluciones Municipales correspondientes
- REVOCA