SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0719/2003-R
Fecha: 28-May-2003
a)
El abogado de la recurrente ratifica los términos del recurso planteado y los amplía manifestando: a) se ha procedido al desalojo de un inmueble que estaba desocupado por su patrocinada desde hace dos años, por lo que mal se le puede condenar en costas y pago de honorarios profesionales, por cuanto es SENAPE el depositario del inmueble de referencia, entidad contra la que en todo caso debió seguirse el proceso de desalojo; b) ha demostrado que durante el tiempo que permaneció en el inmueble incautado, procedió al pago del canon establecido en el contrato de alquiler, mediante depósitos judiciales en los diferentes Juzgados en los que se sustanciaron los procesos contra Dante Escobar, lo que evidencia que cumplió con la orden del entonces Juez Tercero de Instrucción en lo Penal.