Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0719/2003-R
Fecha: 28-May-2003
II.2
II.2 Posteriormente, previa demanda preliminar de reconocimiento de firmas y rúbricas del contrato de alquiler de referencia, los propietarios Escobar-Espinoza formalizan proceso de desalojo contra la recurrente, dentro del que el Juez de Instrucción Octavo en lo Civil pronunció la Sentencia de 2 de abril de 2002, que declaró probada la demanda y ordena que la demandada desocupe y entregue el inmueble a sus propietarios con la intervención de SENAPE a objeto de que cumpla con su misión de depositario (fs. 22-25).