SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0719/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0719/2003-R

Fecha: 28-May-2003

III.2

III.2          El art. 19 CPE señala: “I....se establece el recurso de amparo contra los actos ilegales o las omisiones indebidas de los funcionarios o particulares que restrinjan, supriman o amenacen restringir o suprimir los derechos y garantías de la persona reconocidos.....”,  o sea que para pretender la tutela del amparo, se debe demostrar de manera fehaciente la vulneración del derecho fundamental que se invoca, lo que no ha ocurrido en el caso de autos, pues la recurrente no demostró ni precisó qué derecho fundamental se le vulneró.