SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0734/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0734/2003-R

Fecha: 04-Jun-2003

a)

A su turno, por informe de  fs. 176 y en audiencia las autoridades recurridas expresaron: a) desde la fecha de la providencia en la que se impuso la medida precautoria de no innovar, hasta el momento de la notificación con el recurso de amparo han transcurrido más de seis meses y no existe  inmediatez y b) el recurso de apelación, ha sido resuelto mediante Auto de Vista de 30 de enero de 2003, contra el cual el demandante (recurrente) ha interpuesto recurso de casación, remitiéndose el expediente ante la Corte Suprema de Justicia el 24 de marzo de 2003 como se demuestra por la documentación.