Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0734/2003-R
Fecha: 04-Jun-2003
II.2.
II.2. Que, el Juez Tercero de Partido en lo Civil, en 28 de agosto de 2000 pronuncia Sentencia por la que declara improbada la demanda (fs. 158-159); contra dicha Sentencia el representado del recurrente plantea recurso de apelación, que es concedido por Auto de fecha 4 de agosto de 2000 (fs. 1), pasando la causa a conocimiento de los vocales de la Sala Civil Primera de la Corte Superior (recurridos) (fs. 1 vta.).