Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0757/2003-R
Fecha: 04-Jun-2003
la ley vigente
En el caso analizado, el Auto inicial de proceso administrativo, fue dictado el 29 de junio de 2000, cuando se encontraba en vigencia la Ley General de Aduanas (publicada el 28 de julio de 1999); por consiguiente, debieron aplicarse, conforme a la jurisprudencia antes aludida, las normas de la ley vigente, esto es la Ley General de Aduanas.
- 27 de marzo de 2003
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Juan Pablo Ibarnegaray Ponce, Gerente Regional de la Aduana Regional de Oruro,
- I.2.1. Ratificación y ampliación del Recurso
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4. En consulta
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre la potestad sancionadora de la Administración Pública.-
- III.2 Sobre las garantías del proceso administrativo.-
- a la defensa
- III.3.1 Sobre las notificaciones con el Auto Inicial del Proceso Administrativo.
- III.3.2 Otras violaciones al debido proceso.
- III.4.
- III.5. Norma aplicable.
- la ley vigente