Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0770/2003- R
Fecha: 06-Jun-2003
II.3
II.3 Que, mediante Resolución Determinativa de Área de Saneamiento Simple a Pedido de Parte N° 0001/99 de 6 de noviembre de 1999, se resolvió determinar como Área de Saneamiento Simple el predio denominado “INTI” (fs. 78); posteriormente el 14 de diciembre de 2000 y cumpliéndose con una serie de trámites internos se dictó la Resolución Declarativa de Área Saneada RSS-CTf N° 126/2000, por la que se resuelve declarar Área Saneada y Fiscales las Tierras de Saneamiento del predio “INTI”, disponiéndose la inscripción en el Registro de Derechos Reales de las referidas tierras a nombre del Instituto de Reforma Agraria en representación del Estado (fs. 80-82).
- recurso
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- Sergio Medinacelli Soza, Prefecto del Departamento de Potosí y Augusto Salinas A., Director Departamental del Instituto Nacional de Reforma Agraria (INRA)
- a)
- procedente
- (fs. 460)
- II.1
- II.2
- II.3
- II.4
- II.5
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1
- III.2
- III.3
- Se establece en la Superintendencia Agraria el Sistema Nacional de Tramitación de Denuncias y Reclamos, por el que se atienden las denuncias y reclamos que presenten las personas e instituciones con relación a materia agraria
- III.4
- REVOCA