Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0837/2003-R
Fecha: 17-Jun-2003
II.1
II.1 Por memorial presentado el 16 de febrero de 2001 (fs. 6) ante el Gerente de la Regional de Aduana Santa Cruz, el recurrente interpuso demanda de prescripción extintiva de obligaciones tributarias aduaneras respecto del camión Volvo de su propiedad; demanda que mereció la Resolución Administrativa GR SCZ-03-Nº 094/2002 de 12 de marzo (fs. 24-25), que declaró probada dicha demanda disponiendo que el actor quede liberado de los pagos de los tributos de importación del motorizado de referencia.
- amparo constitucional
- I.1.1.Hechos que motivan el recurso
- I.1.3 Las autoridades recurridas y petitorio
- a)
- procedente
- II.1
- II.2
- II.3
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- inicio de los respectivos procesos; en otras palabras el legislador ha dispuesto que la Ley General de Aduanas se aplicará a todos los procesos que se iniciaron durante la vigencia de las normas procesales de esa ley.
- ley vigente