Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0858/2003-R
Fecha: 24-Jun-2003
I.2.1. Ratificación y ampliación del Recurso
Mediante su abogado el recurrente ratifica su demanda y la amplía señalando que no se notificó al recurrente con la designación de la Dra. Juana Molina para utilizar en su caso el recurso de recusación de la Ley 1760, falta de notificación que amerita la nulidad de obrados; con lo que se ha vulnerado su derecho a la defensa.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el Recurso
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación del Recurso
- procedente
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- impidiéndoles emplear los recursos que la Ley contempla,
- sin que con esa convocatoria se haya notificado al ejecutante (recurrente)