SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0870/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0870/2003-R

Fecha: 25-Jun-2003

III.3

III.3   Por otra parte, los recurridos antes nombrados con las actitudes de hecho, también han lesionado el orden democrático previsto en la Constitución, toda vez que bajo ningún motivo pueden arrogarse la soberanía popular, pues esta función no les ha sido asignada por la Constitución ni la Ley. En consecuencia, con su conducta ilegal han actuado al margen de la Constitución Política del Estado y la Ley atentando contra los derechos fundamentales del recurrente al trabajo y al ejercicio de una función pública para la cual ha sido democráticamente elegido.