SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0885/2003- R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0885/2003- R

Fecha: 30-Jun-2003

a)

El recurrido informó: a) que ejecutoriada la sentencia dentro del proceso referido, se dispuso el gravamen hipotecario del inmueble también citado, siendo en esta etapa que los recurrentes se apersonaron en representación de la Asociación de Jubilados Ferroviarios y Ramas Anexas interponiendo tercería de dominio excluyente, la misma que fue rechazada dado que los recurrentes no eran parte del proceso, además que no cumplieron con lo establecido en el art. 460 del Código de Procedimiento Civil (CPC), por lo que en apelación su determinación fue confirmada al igual que lo fue el Auto que rechazó el incidente de nulidad del remate, habiéndose rechazado también otro incidente sobre la segunda audiencia de remate, el mismo que también fue objeto de otro incidente de suspensión que igualmente fue rechazado; b) que el rechazo que determinó en otro incidente de nulidad de actuados, fue confirmado en apelación, por lo que se fijó nueva audiencia para remate desestimándose la mejora de caución solicitada por los recurrentes por su autoridad como por el Tribunal ad-quem, pues al existir fallos con autoridad de cosa juzgada corresponde dar aplicación a los arts. 514 y 517 CPC.