SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0885/2003- R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0885/2003- R

Fecha: 30-Jun-2003

procedente

Concluida la audiencia, la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Oruro de acuerdo con el dictamen fiscal declaró procedente el recurso disponiendo la nulidad de obrados hasta la resolución de embargo del inmueble reclamado, con el fundamento siguiente: a) que la autoridad recurrida, no obstante que no se demostró traslación del derecho propietario del inmueble registrado bajo la Partida Nº 132 del Libro de Propiedades de la Capital de 1957, a nombre de la Federación Ferroviaria Red Occidental a favor de la Caja Social de Protección al Derecho de Jubilación de la Federación Ferroviaria Nacional Red Occidental y que el informe de Derechos Reales acredita el derecho propietario de la Federación Ferroviaria del Ferrocarril Antofagasta a Bolivia y Bolivian Railway Company y Ramas Anexas de Oruro, ordenó el embargo y b) que el recurrido no examinó que la entidad demandada como la propietaria del inmueble sean las mismas, por lo que al ordenar el remate atentó contra el derecho a no ser condenado sin ser oído y juzgado, como también los derechos a la defensa y a la propiedad privada.