SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0889/2003-R
Fecha: 30-Jun-2003
II.1.
II.1. En 9 de diciembre de 1998 (fs. 34 a 38), se emitió Laudo Arbitral en el proceso arbitral que se siguió entre SABSA y el Sindicato de Trabajadores de esa empresa, en el que se homologaron varios puntos del Acuerdo logrado entre partes en la etapa conciliatoria, se dispuso el pago de bono de antigüedad con carácter retroactivo hasta la fecha en que se dejó de pagar, de horas extraordinarias y refrigerio, además, se conminó a la entidad a dotar a sus trabajadores de los equipos e implementos necesarios para la realización de sus labores. Por Auto de 26 de enero de 1999, el Juez Segundo del Trabajo y Seguridad Social emplazó a SABSA a proceder al cumplimiento del Laudo Arbitral a tercero día de su legal notificación.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- PROCEDENTE
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- no realizó el reclamo que formula por medio de este recurso extraordinario y subsidiario a través de los medios ordinarios que tenía a su alcance,