Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0889/2003-R
Fecha: 30-Jun-2003
II.2.
El Informe del Perito Evaluador Rubén Pinto Rodal (fs. 90 a 114), fue presentado en 27 de septiembre de 2000, señalando que la demanda fue presentada por 142 personas, de acuerdo al Poder 23/99, de las cuales desistieron 98, se incluyeron a 19 que presentaron ampliación del Poder referido, “lo que hace un total de 64 (sesenta y cuatro) personas demandantes” (sic), señalando los montos totales a cancelarse.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- PROCEDENTE
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- no realizó el reclamo que formula por medio de este recurso extraordinario y subsidiario a través de los medios ordinarios que tenía a su alcance,