Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0889/2003-R
Fecha: 30-Jun-2003
II.5.
II.5. Fernando Ledezma Valdez, por escrito de 2 de julio de 2001 (fs. 141 a 144), solicitó, a su vez, la ejecución del Laudo Arbitral de 9 de diciembre de 1998, para que se pague a favor suyo y de las cuarenta y ocho personas allí identificadas, el bono de antigüedad, de refrigerio y horas extraordinarias, dispuestas en el aludido Laudo. El Juez Primero del Trabajo y Seguridad Social, hoy recurrido, por Auto de 10 de julio de 2001 (fs. 145), emplazó a SABSA a cumplir el Laudo Arbitral.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- PROCEDENTE
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- no realizó el reclamo que formula por medio de este recurso extraordinario y subsidiario a través de los medios ordinarios que tenía a su alcance,