Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 843/2003-R
Fecha: 24-Jun-2003
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
Relata que fue procesada por el supuesto delito de estafa a querella de Miguel Pantoja Arias, juicio en el que se presentó a todas las citaciones que le hicieron, pero el plenario el juicio se siguió en su rebeldía, pese a que el querellante conocía en todo momento el lugar de su domicilio, habiéndosele designado Defensor de Oficio que nunca presentó memorial alguno en su defensa, ni prueba, ni recursos legales, al extremo que renunció a alegar en conclusiones.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- PROCEDENTE
- II.1.
- II.2.
- memorial por el que la recurrente
- II.5.
- “mediante cédula entregada en su domicilio señalado” (sic),
- II.7.
- II.8.
- “.
- “la indefensión no se produce si la situación en la que el ciudadano se ha visto colocado se debió a una actitud voluntariamente adoptada por él o si le fue imputable por falta de la necesaria diligencia (..) no se encuentra en una situación de indefensión la persona a quien se ha dado a conocer la existencia del proceso y ha podido intervenir en él, ni aquella otra, que conociéndolo, ha dejado de intervenir en él por un acto de su voluntad..”
- III.2.