SENTENCIA CONSTITUCIONAL 843/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 843/2003-R

Fecha: 24-Jun-2003

III.2.

III.2.   En el caso sometido a análisis se tiene constancia que la recurrente tuvo pleno conocimiento de la iniciación y prosecución del proceso, por cuanto inclusive  pidió y se le concedió “libertad provisional”, aunque no figura en el expediente la calificación de la fianza respectiva, a más que se le notificó en su domicilio con el decreto dictado por el Juez del Plenario cuando el proceso fue radicado en su Juzgado, conforme lo acredita la diligencia de fs. 130 vta. Sin embargo, dejó de  asistir  a los actos procesales en forma voluntaria e injustificada,  para que luego, a pedido de la parte querellante, sea notificada mediante edicto de prensa, se la declare rebelde y contumaz a la ley y se le designe defensor de oficio, todo ello atribuible a su propia negligencia, lo que ciertamente no puede ser reputado como estado de indefensión, en el marco de la Sentencia Constitucional cuya parte fundamental ha sido transcrita en forma precedente.