SENTENCIA CONSTITUCIONAL 843/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 843/2003-R

Fecha: 24-Jun-2003

PROCEDENTE

La Sentencia cursante de fs. 240 vta. a 242, pronunciada el 30 de abril  de 2003 por  la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, declara PROCEDENTE el recurso, “la nulidad de lo procesado en esa causa con relación solamente a la recurrente hasta que sea citada para su declaración confesoria y asuma defensa formal y material”, disponiendo su libertad inmediata, bajo estos fundamentos: 1)  el abogado defensor  de oficio designado a la recurrente, declarada rebelde  en el plenario de la causa, no asumió ninguna defensa a favor de la  procesada; 2) de acuerdo a las SSCC 111/99-R, 103/2001-R, 546/2002-R, 1080/2002-R, no es suficiente que se designe abogado defensor, pues éste debe ejercitar la defensa material del procesado, lo que no ha ocurrido en este caso,  recayendo la responsabilidad de esa  omisión también en el Juez que no verificó el cumplimiento de la “debida defensa”.