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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0068/2003
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0068/2003

    Fecha: 22-Jul-2003

    I.2. Admisión y citaciones

    Que, subsanada la deficiencia formal observada por el Auto Constitucional (AC) 085/2003-CA de 19 de febrero de 2003 de fs. 65, fue admitido el recurso mediante AC 114/2003-CA de 6 de marzo cursante de fs. 68 a 70, citándose a la autoridad recurrida con la provisión citatoria el 17 de marzo de 2003, como se evidencia a fs. 89 del expediente.

    • Luis Claure Acuña
    • I.1.1. Hechos que motivan el Recurso
    • I.1.2.Derechos y garantías supuestamente vulnerados
    • I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
    • I.2. Admisión y citaciones
    • I.3. Alegaciones de la parte recurrida
    • II.1
    • II.2
    • II.3
    • II.5
    • II.6
    • II.7
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1
    • III.2
    • III.3
    • III.4

    Otros enlaces de interés:

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