Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0068/2003
Fecha: 22-Jul-2003
II.1
II.1 El Comandante General del Ejército, en cumplimiento de la Directiva de las FFAA de la Nación 14/02 y conforme a los arts. 103 y 104 LOFA, por oficio Sección “C” 118/02 de 8 de julio de 2002 (fs. 3-4), convoca al recurrente para ascenso al grado de General de Brigada, señalándole que la calificación y evaluación se realizará sobre la base del Reglamento de Evaluación Curricular de las FFAA CJ-RGA-210 emitida en la gestión de 1996. En observancia a dicho oficio, remite al Jefe de Departamento I-EMO su Hoja Record y documentación correspondiente el 12 de agosto de 2002 (fs.20).
- Luis Claure Acuña
- I.1.1. Hechos que motivan el Recurso
- I.1.2.Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- I.2. Admisión y citaciones
- I.3. Alegaciones de la parte recurrida
- II.1
- II.2
- II.3
- II.5
- II.6
- II.7
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1
- III.2
- III.3
- III.4