Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0070/2003
Fecha: 30-Jul-2003
(fs. 283),
Que, por decreto de 9 de julio de 2003, la Comisión de Admisión de este Tribunal (fs. 283), remite a despacho del Magistrado Relator la documentación requerida; en consecuencia, este Tribunal mediante Acuerdo Jurisdiccional 90/2003, de 9 de julio (fs. 286) amplió el plazo procesal para resolver el mismo hasta el 30 de julio del año en curso; por lo que la presente Sentencia es dictada dentro del plazo establecido por Ley.
- Hugo Salvatierra Oporto, en representación con mandato de la Empresa COMPANEX (BOLIVIA) S.A.
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- I.2 Admisión y citaciones
- a)
- (fs. 138 - 139),
- (fs. 283),
- II.1
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1
- derecho o contribución de cualquier clase o naturaleza, que hubiere sido establecida sin observar las disposiciones de la Constitución Política del Estado.
- III.2
- III.3.1
- III.3.2
- III.3.3
- III.3.4
- III.4