SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0893/2003- R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0893/2003- R

Fecha: 01-Jul-2003

recibiendo la respuesta en sentido de no existir acefalía docente en el nivel que solicita, dada  su larga trayectoria en el sector y su condición de ex Director de Desarrollo Social; empero no solicitó cargo jerárquico alguno sino sólo un cargo docente

Que, en su condición de profesor de Estado prestó servicios regulares desde 1996 hasta agosto de 2002 en los diferentes cargos docentes así como administrativos, habiendo desempeñado últimamente la función de Director Departamental de Desarrollo Social de la Prefectura desde abril a agosto de 2002, pero al haber sido echado debido al cambio de gobierno, dejó el  mencionado cargo en la Prefectura y de inmediato solicitó a la Directora Distrital de Educación su reubicación en un cargo docente, recibiendo la respuesta en sentido de no existir acefalía docente en el nivel que solicita, dada  su larga trayectoria en el sector y su condición de ex Director de Desarrollo Social; empero no solicitó cargo jerárquico alguno sino sólo un cargo docente en mérito a sus más de 28 años de trabajo calificados, por lo que al habérsele dado tal respuesta, acudió ante el Director Departamental de Educación, pero hasta la fecha no ha recibido respuesta, solo evasivas, de modo que al haber agotado todas  las instancias y medios, acude al amparo, puesto que las autoridades recurridas tienen la obligación de reubicarle en observancia de la inamovilidad funcionaria que rige la docencia que se encuentra respaldada por la CPE y el DS 23968.