SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0894/2003- R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0894/2003- R

Fecha: 02-Jul-2003

III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO

Que, el recurrente solicita tutela a los derechos de la entidad que representa a la seguridad jurídica, a la propiedad, al debido proceso y a la tutela judicial, consagrados en los arts. 7-a)-i), 16 y 35 CPE, denunciando que han sido vulnerados por los recurridos, dado que el Juez recurrido dentro de un proceso ejecutivo que es de su conocimiento, luego de haber declarado la ejecutoria de una resolución donde dispuso la cancelación de la anotación preventiva sobre un inmueble de su propiedad y ordenar se le extienda el testimonio respectivo; contrariamente, ha ordenado que éste no le sea entregado y, por su parte, la secretaria recurrida desde la citada orden hasta la nueva orden del co-recurrido no le franquee el testimonio. En consecuencia, en revisión de la resolución del Tribunal de amparo, corresponde dilucidar si tales extremos son evidentes y si constituyen un acto ilegal lesivo de los derechos fundamentales referidos, a fin de otorgar o negar la tutela solicitada.