Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0894/2003- R
Fecha: 02-Jul-2003
REVOCA
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confieren los arts. 19-IV y 120.7ª CPE y los arts. 7-8ª y 102-V LTC en revisión REVOCA la Resolución de 16 de abril de 2003, cursante de fs. 96 vta. a 97, pronunciada por la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz y declarar IMPROCEDENTE el Recurso.
- recurso
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- Raúl Jordán Araúz y Augusta Candia López, Juez y Secretaria del Juzgado Sexto de Partido en lo Civil y Comercial de la Capital, respectivamente
- I.2.1
- I.2.2 Informe de la autoridad y funcionaria recurrida
- procedente
- II.1
- II.2
- II.3
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1
- III.2
- REVOCA