Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0901/2003-R
Fecha: 01-Jul-2003
Fragmento 14
En el caso que se revisa, tanto la parte recurrente como los recurridos acompañan actas de Asambleas Generales demostrando haber sido designados como miembros del Directorio de la Asociación Cruceña de Motociclismo, lo que ciertamente induce a confusión y conlleva a una total incertidumbre sobre la legalidad de esos nombramientos, y por tratarse de un derecho controvertido, las partes deberán ocurrir ante la autoridad o instancia competente para dilucidar ese conflicto, lo que impide a este Tribunal pronunciarse sobre el fondo del recurso de amparo.