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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0901/2003-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0901/2003-R

    Fecha: 01-Jul-2003

    III.4

    III.4   En la especie, los recurrentes afirman ser  dirigentes de la Asociación Cruceña de Motociclismo,  y por ende sus legítimos representantes, extremo que sin embargo también es sostenido por los recurridos,   y ambas partes respaldan sus afirmaciones con las actas de las correspondientes Asambleas Generales.

    • recurso de amparo constitucional
    • I.1.1    Hechos que motivan el recurso
    • I.1.3    Personas recurridas y petitorio
    • 1.2.2   Informe de los recurridos
    • improcedente
    • II.1.
    • II.2
    • II.3
    • II.4
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • no así  ante la Federación Boliviana de Motociclismo
    • III.3
    • III.4
    • Fragmento 14
    • APROBAR

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