SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0931/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0931/2003-R

Fecha: 03-Jul-2003

sin haber sido oído y juzgado en proceso legal

lo cual determina que se esté frente a una condena del recurrente, sin haber sido oído y juzgado en proceso legal, no pudiendo invocarse una supuesta cosa juzgada, dado que conforme a la jurisprudencia sentada por este Tribunal, “cuando en un proceso se afecta al contenido esencial de un derecho fundamental o una garantía constitucional, se abre inexcusablemente el ámbito de protección que brinda el orden constitucional [...]”. Así lo han declarado las SSCC 111/99-R, 322/99-R, 103/01-R entre otras.