SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0934/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0934/2003-R

Fecha: 03-Jul-2003

III.    FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El recurrente arguye que el Juez recurrido al rechazar su solicitud de declinatoria de competencia con una simple providencia y no con una resolución fundamentada como señala la Ley, coartó su derecho a la defensa y el derecho a la apelación, por lo que mediante  el recurso de reposición  le advirtió de su error, solicitando que lo hiciera mediante Auto o resolución, empero, sin  responder a su petitorio, le conminó a que se presente en una audiencia  para la calificación del daño civil; por

otra parte, el resarcimiento de daños y perjuicios debe seguirse ante el mismo juez que conoció el proceso penal, lo contrario significa estar sometido a dos causas penales emergentes del mismo hecho y estar doblemente procesado. Por tanto, corresponde determinar  si tales extremos son evidentes y si ameritan la protección que brinda el art. 19 CPE.