SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1003/2003 - R
Fecha: 17-Jul-2003
I.1.1 Hechos que motivan el recurso
Que, dentro del proceso penal iniciado en contra de su representada por el presunto delito de giro de cheque en descubierto iniciado mediante Auto de 6 de junio de 2000, se han producido anomalías de carácter procesal, como ser la falta de fecha y hora en que se debía prestar su declaración confesoria; la suspensión indebida de la audiencia de su confesoria por la inasistencia del querellante, pese a que se presentó voluntariamente y no es causal de nulidad la inasistencia del querellante; que no se procedió conforme indica el art. 121 inc. 2) del Código de Procedimiento Civil (CPC) dado que no se le citó para el nuevo señalamiento de audiencia de confesión y al contrario a petición del querellante se la citó mediante edicto, provocando que se declare su supuesta rebeldía en forma ilegal y sin cumplir con lo dispuesto por el art. 250 del Código de Procedimiento Penal de 1972 (CPP.1972).
Que, a tiempo de presentarse nuevamente para prestar su declaración, denunció las irregularidades señaladas, pero no se hizo ninguna enmienda y por el contrario, pese a que señaló domicilio procesal, nunca se le notificó con el nuevo señalamiento de audiencia, siendo por ende nulas todas las notificaciones, por cuanto no se indica a quien se notifica; sin embargo, la Jueza recurrida no realizó el saneamiento procesal antes de dictar sentencia conforme exige el art. 191 CPC, dejándola en indefensión, ya que los debates se han realizado sin observarse el principio de contradicción, pues el abogado de oficio que le designaron sólo se limitó a manifestar que se remitiera a todas las pruebas que le favorezcan, pese a ello y no obstante haber interpuesto nulidad de obrados, éste le fue rechazado con el fundamentando de que todas las notificaciones fueron realizadas legalmente y se señaló fecha para confesión; y prosiguiéndose el proceso indebido, el abogado defensor en colusión con la parte querellante dejó que se ejecutorie la sentencia de 16 de octubre de 2001.